Ayudas al Estudio_PLOTTER_Primeravera 2022

Ayudas al estudio DAETSAM PRIMAVERA 2022

50 AYUDAS DE PLOTEO

DESCRIPCIÓN DE LAS AYUDAS

La Delegación de Alumnos de la ETSAM pone a disposición de los estudiantes de la ETSAM una serie de ayudas de carácter económico a través del uso de sus servicios y de los de la ETSAM. Para la convocatoria de PRIMAVERA de 2022 se ofertan las siguientes ayudas:

– Ayudas de PLOTEO: consisten en una cuenta de gasto en la reprografía de DAETSAM en el CDC por un valor de 60€.

PERFIL DEL SOLICITANTE

Se admitirán a trámite únicamente solicitudes de estudiantes de la ETSAM matriculados en el presente curso 2021-2022

PLAZOS

Se puede presentar esta solicitud a partir de la publicación de este B.E.A. hasta el JUEVES 17  de FEBRERO de 2022 a las 23:59.

La resolución provisional se publicará en la web de Delegación el lunes 21 de FEBRERO y se podrán presentar reclamaciones hasta el jueves 24 de FEBRERO de 2022 vía email.

El resultado definitivo se comunicará el día lunes 28 de FEBRERO de 2022.

PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD:

La solicitud para las ayudas de DAETSAM se realizará ÚNICAMENTE POR MEDIO DE UN FORMULARIO DE MICROSOFT FORMS. NO HABRÁ SOLICITUD EN FÍSICO.

Esta solicitud se hará mediante el siguiente enlace: https://forms.office.com/r/7EiNbT7ARi

En la misma se tendrán que adjuntar toda la información que se indique en el apartado “Información a presentar”, así como los PDF indicados.

EN CASO DE NO PODER RELLENAR EL FORMS, SE TENDRÁ QUE CONTACTAR CON becas@daetsam.es DONDE SE INDICARÁN LOS PASOS A SEGUIR

INFORMACIÓN A PRESENTAR:

Para la solicitud digital será necesaria la siguiente información además del nombre completo, DNI, dirección, telefono, curso y correo electrónico:

– La carta de pago de la matrícula realizada para el presente curso 2021-2022, en formato PDF.

– Fotocopia del DNI por ambas caras, en formato PDF.

– Fotocopia de la Declaración de la Renta correspondiente al último ejercicio económico de los miembros de los que se dependa económicamente en la que aparezcan las casillas:

75 – “Hijos y descendientes menores de 25 años o discapacitados que conviven con el/los contribuyente/s.

435 – “Base imponible general”

460 – “Base imponible del ahorro”

595 – “Cuota resultante de la autoliquidación”

Debe adjuntarse (salvo justificación) una declaración conjunta o dos individuales, aunque su valor sea nulo o negativo.

– Documentación acreditativa de condiciones particulares, como Familia Numerosa, Discapacidad…

– Documentación acreditativa de Beca MEC (o cualquier otra beca pública o privada) de la que disfrute el estudiante.

– Cualquier documento o información que pueda creditar que debido a la pandemia causada por el COVID-19 se hayan sufrido consecuencias económicas.

***EN CASO DE QUE SEA UNA ÚNICA DECLARACIÓN DE LA RENTA (ya sea un único progenitor, o una renta conjunta), SE DEBERÁN RELLENAR SOLAMENTE LOS DATOS DEL PROGENITOR 1.

SI SON DOS RENTAS SEPARADAS, TENDRÁN QUE RELLENARSE LAS CASILLAS DE AMBOS PROGENITORES***

** No aportar todos los datos o no mandarlos en el período establecido puede conllevar la no concesión de la ayuda.

** Importante adjuntar la información en el formato que se indica. El limite de tamaño del archivo individual es de 10MB, hay que tenerlo en cuenta por si fuera necesario reducir el tamaño de los archivos.

REQUISITOS Y OTRAS CONDICIONES

Cada estudiante podrá ser beneficiario de una única beca durante el actual semestre.

Para garantizar el aprovechamiento de las becas, se establece un aprovechamiento del 66.67% en la convocatoria anterior, a no ser que las condiciones sanitarias no permitan su aprovechamiento. Esta condición tiene que estar debidamente justificada.

Por norma general, se excluirán solicitudes que excedan del Umbral 3 del Real Decreto citado en el apartado “Información adicional”. Se admitirán casos especiales, debidamente justificados, que deberán tratarse directamente con nosotros.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Todas las ayudas se conceden siguiendo los criterios económicos sentados por el Real Decreto 471/2021, que establece los umbrales mínimos de renta.

Las solicitudes que no incluyan la documentación indicada serán desestimadas. En caso de no poder aportarla, contacta con nosotros.

Se descartarán las solicitudes que no hayan cumplido el aprovechamiento o los requisitos de la convocatoria inmediatamente anterior.

La falsedad documental es un delito penal tipificado, por lo que ante casos detectados de la misma se tomarán medidas legales.

Para este servicio se aplicará el régimen sancionador de las faltas leves, medias y graves que se recogen en el ANEXO REGULADOR DE SERVICIOS DE DAETSAM.

La Delegación de Alumnos UPM es una entidad privada, por lo que esta convocatoria no contradice las normas que impiden a la Administración solicitar datos de los que ya dispone.

La Delegación de Alumnos de la ETSAM se reserva el derecho a que las ayudas queden desiertas si lo considera oportuno, así como a realizar cambios, tanto en el número como en la cuantía de las ayudas concedidas, si se estiman más beneficiosos para el conjunto de solicitantes.

Al hacer la solicitud, se autoriza a DAETSAM a incorporar los datos cedidos a su base de datos. El usuario podrá ejercer sus derechos respecto a ellos en cualquier momento mediante notificación formal dirigida a gestioninterna@daetsam.es. En cualquier caso, la Delegación de Alumnos UPM no podrá ceder datos a terceros sin la autorización previa del usuario.